Buenos días, sigan así´con la discusión del método idóneo.
Es interesante los análisis que hacen. Como según vieron en la presentación de ordenación, para la serie de correspondencia no hay un orden regulado, a excepción de la serie de expedientes administrativos en la cual la norma de expedientes administrativos si establece la manera en que debe archivarse estos documentos y cuál fecha se debe seguir.
Es importante pensar en: la facilidad para ubicar la información, la rendición de cuentas y el plazo de la ley para contestar una solicitud. La Ley General de Administración Pública establece los 10 días hábiles.
A los que aún no han opinado, los invito a dar su aporte.